miércoles, 16 de mayo de 2012

Documentos Necesarios Desde el día 2 de abril de 2012

Desde el día 2 de abril de 2012las autoridades de control migratorio del Departamento de Policía Federal de Brasil exigen los siguientes requisitos para la entrada de turistas españoles en territorio brasileño: 

a) Pasaporte en vigor (mínimo 6 meses)
b) Billete aéreo de ida y vuelta (la fecha de regreso debe estar ya confirmada)
c) Comprobante de medios económicos suficientes para manutención durante la estancia en Brasil. El valor mínimo corresponde a R$170 (ciento setenta reales)- aproximadamente 80€ (ochenta euros) al día, que deberán ser comprobados mediante presentación de tarjeta de crédito y su última factura, para verificación del límite.
d) En caso de hospedaje en hotel: documento comprobatorio de reserva ya pagada o garantizada del hotel o;
e) En caso de hospedaje en residencia particular: carta de invitación de un particular residente en la ciudad brasileña de destino, informando el plazo de estancia del turista español, con firma del declarante compulsada en notario brasileño (cartorio), acompañada de comprobación de residencia emitido a nombre del declarante.

Estas medidas únicamente se aplican a turistas.
Podrá solicitarse una única prórroga de estancia para turistas por otros 90 días adicionales. Su concesión es un acto potestativo de la Policía Federal, que la autoriza o no atendiendo a las circunstancias de cada caso particular.

Viajes de negocios - Cuando el motivo del viaje sea de negocios, deberán presentarse en Inmigración documentos que permitan comprobar las actividades que serán desarrolladas como tales durante la estancia en Brasil, con una carta de la empresa que envía y/o carta de las empresas que se vayan a visitar (incluyendo clientes, contactos en Brasil, etc). En el caso de que no fuera posible acreditar la condición del viaje como viaje de negocios, se recibirá el mismo tratamiento que los turistas (ver punto anterior).

Viajes para realizar actividades culturales y/o artísticas - Siempre y cuando no generen remuneración en Brasil (es decir, que el artista no cobre en Brasil y  que no haya venta de entradas), quienes las realicen están exentos de visado. Es preciso presentar carta de la institución cultural que envía o que invita a participar en la actividad cultural. Se incluye en este supuesto, por ejemplo, la participación en conferencias o ferias. Tienen el mismo tratamiento que los viajes de turismo inferiores a 90 días.

Casos en los que SÍ es necesario estar provisto de visado

Viajes de trabajo - En el caso de viajar a Brasil para realizar una prestación de servicios remunerada, aunque sea por un período inferior a 90 días, es preciso obtener visado de trabajo en el Consulado General de Brasil en Madrid o en Barcelona.

Viaje por estudios - En el caso de viajar a Brasil con el propósito de estudiar y estar matriculado en un curso de una institución radicada en Brasil, sí es necesario estar provisto de visado de estudios, aunque la duración del curso sea inferior a 90 días.
Para cualquier otra estancia superior a los 90 días (residencia, agrupación familiar, etc) es preciso obtener el correspondiente visado.
Para más información se recomienda visitar la página web www.consuladobrasil.es
VACUNAS:
Obligatorias: Ninguna.
Para las zonas del Amazonas, o del Pantanal (Mato Grosso), es conveniente seguir la profilaxis antipalúdica, así como demás precauciones relativas a zonas tropicales o subtropicales (Tétanos, tifus, hepatitis, etc).

Recomendadas: 
La vacuna contra la fiebre amarilla está recomendada para todos los turistas nacionales y extranjeros que pretendan visitar las siguientes áreas brasileñas: todos los Estados de las regiones norte (Acre, Amazonas, Rondonia, Roraima, Amapá, Pará y Tocantins) y centro-oeste (Mato-Grosso, Mato Grosso do Sul, Goias y el Distrito Federal); todos los municipios de los Estados de Maranhao y de Minas Gerais, los municipios localizados al sur de Piauí, al oeste y al sur de Bahía; al norte de Espíritu Santo; al noroeste de Sao Paulo y al oeste de los Estados de Paraná, de Santa Catarina y de Río Grande do Sul.
Casi todo el litoral brasileño no presenta riesgo de contagio de esta enfermedad desde Río Grande do Sul a Piauí, con excepción del norte de Espíritu Santo y del sur de Bahía.

Brasil no exige el Certificado Internacional de Vacunación o Profilaxis para su ingreso al país independientemente del país de procedencia.

En caso de vacunarse contra la fiebre amarilla (recomendado) es necesario vacunarse con una antelación mínima de 10 días antes del inicio de su viaje para que sea efectiva.

Para más información, consulte las siguientes páginas web:
www.msc.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/situacionSanitaria/home.jsp

2 comentarios:

  1. Con historias asá, mal vamos para arreglar la situación.

    http://www.em.com.br/app/noticia/nacional/2012/05/20/interna_nacional,295317/artista-baiano-e-assistente-sao-barrados-na-espanha.shtml

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  2. Nueva noticia al respecto, parece que se va a suavizar un poco. Ya veremos.
    http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/07/espana/1339054405.html

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